Novedad! Segunda oportunidad del emprendedor

Ley de Segunda oportunidad aprobada por el Gobierno a través de Real Decreto Ley el pasado viernes 27 de Febrero de 2014.

Su objetivo es el de normalizar la situación de aquellos que han contraído un endeuduamiento excesivo, por lo que se crea un sistema específico para resolver la insolvencia de las personas físicas. De esta forma, el Real Decreto Ley establece una segunda oportunidad en el ámbito concursal para deudores de buena fe con cargas que incluye, por primera vez, a las personas físicas.

Así, se amplían y flexibilizan los acuerdos extrajudiciales de pagos para mejorar su eficacia y facilitar la reestructuración de deudas de forma ágil y sencilla. Los particulares también podrán acceder a estos acuerdos, además de los empresarios y empresas.

  • Mediador: se refuerza y flexibiliza la figura del mediador, cuya labor consiste en impulsar la negociación para facilitar acuerdos de reestructuración de deudas entre las partes.
  • Exoneración de deudas: Se establece un sistema de “perdón” de deudas bastante más flexible:
  1. Cuando no se hayan podido satisfacer créditos y siempre que el deudor acepte someterse a un plan de pagos durante los cinco años siguientes para el abono de las deudas no exoneradas el deudor podrá quedar exonerado del resto de sus créditos, excepto los públicos y por alimentos.
  2. En caso de acreedores con garantía real, la parte que podrá exonerarse será aquella que no hubiera quedado cubierta en la ejecución de la garantía
  3. La exoneración de deudas podrá revocarse en el citado plazo de cinco años a solicitud de los acreedores cuando se acredite que se han ocultado ingresos o bienes o el deudor consiguiera una sustancial mejora de su situación.
  • Exenciones del IRPF: Quedarán exentas de IRPF las rentas que pudieran ponerse de manifiesto como consecuencia de quitas y daciones en pago de deudas, establecidas en un convenio, en un acuerdo extrajudicial de pagos o como consecuencia de la exoneración de deudas

Fuente: infoautónomos

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