Desde el pasado 1 de enero el IVA del comercio electronico será el del pais del comprador

Desde el 1 de Enero está en vigor la nueva normativa de la Unión Europea (UE), por la cual las compañías que vendan bienes digitales vía Internet deberán aplicar el IVA en el país en el que se encuentra el comprador y no donde tienen su sede como ocurría hasta ahora.

Desde el 15 de Enero, las empresas de ecommerce deberán emitir factura electrónica a todo aquel consumidor que lo solicite expresamente en el momento de la compra y aquellos que acepten recibirla, dentro del Plan de Impulso a la Factura Electrónica.

Adicionalmente a los requerimientos administrativos que rigen el ecommerce, será necesario ser especialmente precavido en el cumplimiento de normativas en cuanto a protección de datos y utilización de cookies que facilitan la transacción comercial (Ley General de Telecomunicaciones, publicada el 10 de mayo de 2014 en el BOE).

 

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