Si de mi último trabajo me voy voluntariamente, ¿puedo percibir prestación por desempleo?
Respuesta:
Si usted abandona voluntariamente el trabajo no tiene derecho a cobrar prestaciones por desempleo. La legislación exige el requisito de estar en situación legal de desempleo, lo que significa que el motivo de la pérdida del trabajo sea una causa ajena a la voluntad del trabajador.
Referencia normativa: Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por R.D. Legislativo 1/1994 de 20 de junio.
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