El autónomo colaborador: requisitos, ventajas y límites

El autónomo colaborador.

Ventajas

Para los autónomos colaboradores no es preciso darse de alta en Hacienda, como en el caso de los autónomos convencionales. Además, no tendrán que realizar las declaraciones trimestrales del IVA e IRPF, teniendo que hacerlo el autónomo titular del negocio exclusivamente.

Además, desde 2012 también se benefician de un 50% de reducción en la cuota de autónomos durante 18 meses.

Paso a seguir

Para darse de alta como autónomo colaborador, una vez se cumplan los requisitos, se deberá descargar en la web de la Seguridad Social el formulario de alta, bajo el modelo TA0521/2,

Con esto, se estaría haciendo efectiva la solicitud de alta en el RETA bajo la figura de autónomo colaborador.

 

Límites.

El autónomo colaborador podrá mantener su situación de manera indefinida siempre y cuando continúen existiendo las mismas circunstancias que en el momento en el que se realizó. Es decir, si un hijo se independiza no podrá ejercer esta ventaja y debería ser contratado por su padre o darse de alta en el RETA.

En caso de separación de hecho o divorcio, el cónyuge también perdería el derecho de figurar como autónomo colaborador familiar.

 

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